Noticias

Entran en vigor reformas al sistema ferroviario nacional

210492
210492

El 16 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de la Ley de Vías Generales de Comunicación, y de la Ley General de Bienes Nacionales, en materia ferroviaria y de armonización normativa” (Decreto). El Decreto tiene por objeto la creación de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado (ATTPI), misma que sustituye a la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario. Este sector es área prioritaria para la actual administración, siendo consistente con el alcance del artículo 28 de nuestra Constitución y el Plan Nacional de Desarrollo.

La nueva agencia tendrá dentro de sus facultades la de (i) fomentar el desarrollo de infraestructura multimodal; (ii) tramitar ante la autoridad competente las asignaciones y concesiones de vías férreas; así como (iii) evaluar las propuestas relativas a la construcción de obras públicas destinadas al servicio ferroviario.

Al respecto, el Decreto distingue modalidades en la implementación, destacando lo siguiente:

  1. Asignación: procedimiento para la construcción, operación y explotación de vías férreas y la prestación del servicio público de transporte ferroviario, sin sujetarse a un procedimiento de licitación.
  2. Autorización: el relativo a la instalación de líneas de transmisión eléctrica, sus derivados, o cualquier otra obra subterránea en las vías generales de comunicación.
  3. Concesión: procedimiento para la construcción, operación y explotación de vías férreas y la prestación del servicio público de transporte ferroviario, mediante licitación pública.

Bajo los ordenamientos analizados y sobre las medidas señaladas, se pretende construir hasta tres mil nuevos kilómetros de vías férreas para pasajeros y robustecer la infraestructura férrea para promover la interconectividad del país mediante nuevas vías generales de comunicación.

Nos encontramos disponibles para cualquier aclaración o apoyo que requieran.

 

Escrito por Juan Fco. Torres Landa, Arturo Tiburcio, Julio Zugasti, Giovanni Sosa, Adriana Pavón y Reneé Penhos.

  • El Decreto entró en vigor el 17 de julio de 2025 para los efectos aplicables.
  • El Ejecutivo Federal tiene un plazo de 90 días para emitir un decreto para la creación de la Agencia de Trenes y Transporte Público Integrado.
  • El Ejecutivo Federal cuenta con 180 días para realizar las reformas necesarias al Reglamento del Servicio Ferroviario con base a lo establecido en el Decreto.
  • Los asuntos en marcha dentro de la ARTF deberán pasar a la ATTPI para continuar con su trámite y ser resueltos después de la creación de esta última.

Búsqueda

Regístrese para recibir contenido personalizado ¡y más!